Becas MAEC-AECID 2013/2014

Madrid, España. Hasta el 5 de abril de 2013.
Becas MAEC-AECID 2013-2014.
http://www.aecid.es

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Becas MAEC-AECID ciudadanos españoles y de la Unión Europea residentes en España para el curso académico 2013-2014.

La oferta de formación educativa superior para ciudadanos españoles, para la realización de estudios en el exterior, mediante la anual convocatoria de los distintos Programas de Becas MAEC-AECID para ciudadanos españoles, constituye un instrumento destacado de la política exterior de cooperación, cultural y educativa española.

La convocatoria presente tiene por objeto financiar, en concepto de subvención, el coste que implica la formación en universidades, centros y organismos de investigación extranjeros, de titulados superiores españoles. También se convocan becas de formación en el campo de la gestión y la cooperación cultural, como elemento estratégico y sectorial de la ayuda oficial española al desarrollo y como parte de la política cultural española con el exterior.

Requisitos de los solicitantes.

Tener la nacionalidad española.

Asimismo, los solicitantes procedentes de otro país de la Unión Europea deben poseer perfecto dominio del español y residencia oficial y cotidiana demostrable en España, en el momento de solicitar la beca.

Solicitud de una sola beca por persona y convocatoria.

No haber sido beneficiario de ningún programa de la Convocatoria de Becas MAEC-AECID, de 6 o más meses, ni de la Fundación Carolina, en los últimos tres años.

Estar en posesión de pasaporte nacional con validez mínima de 6 meses en el momento de incorporarse al centro estudios de destino.

Poseer la titulación necesaria que se requiera legalmente para cursar los estudios elegidos en el momento de solicitar la beca.

Realizar los trámites necesarios para la oportuna convalidación ante las autoridades educativas correspondientes, cuando ello sea requisito para seguir los estudios elegidos.

Conocer la lengua extranjera correspondiente para la realización de los estudios proyectados.

Rellenar en buena y debida forma el correspondiente formulario de solicitud de beca. No serán admitidos a trámite aquellas solicitudes que no se cumplimenten con la información requerida en cada apartado.

Cumplir con los requisitos específicos del perfil de los solicitantes indicado para cada uno de los programas de beca (ver anexo I).

Las solicitudes tendrán que ser cumplimentadas debida y enteramente en español por los peticionarios en el formulario correspondiente por vía telemática, conformado en www.aecid.gob.es, de forma completa y verídica, quedando ulterior y automáticamente eliminadas aquellas solicitudes que aleguen datos no contrastables o falsos, así como las no presentadas vía telemática.

Los plazos de presentación de solicitudes de beca para los distintos Programas que esta convocatoria incluye, son los siguientes:

Programa II.A
Becas para el Colegio de Europa Campus de Brujas (Bélgica) y Natolín (Polonia). 27 de marzo de 2013, para todos los programas.

5 de abril de 2013, para todos los programas.

Programa III.A
Becas para prácticas de Gestión Cultural para el Desarrollo.

Programa III.B
Becas para prácticas de diseño gráfico y campañas de comunicación de estrategias y programas culturales.

Los plazos se regirán por el horario peninsular desde las 00:00 horas del día de apertura, hasta las 23:59 horas del día de finalización.

 

Valoración de solicitudes y propuesta de concesión de becas.

El órgano administrativo competente para la instrucción del procedimiento, valoración y propuesta de concesión es la Comisión de Valoración.

La propuesta de concesión y la selección final de las becas para cada Programa, se realizará por una Comisión de Valoración nombrada por el Director de la AECID y presidida por el mismo, o persona en la que delegue, y de la que formará parte el Director de Relaciones Culturales y Científicas, como Vicepresidente, el Jefe del Departamento de Cooperación Universitaria y Científica, un secretario y cuatro vocales que serán nombrados conforme a las características de cada uno de dichos programas. Los vocales de la Comisión de Valoración para cada programa podrán incluir tanto a personal de la AECID como de otras instituciones.

La Comisión de Valoración instruirá los procedimientos para la concesión de las becas y realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos aportados por el solicitante, en virtud de lo cuál y una vez efectuadas las comprobaciones oportunas, y terminado el proceso de valoración, pronunciará la propuesta de resolución de la convocatoria, que se atendrá al régimen de concurrencia competitiva.

Para sus procesos de valoración, la Comisión de Valoración contará con el asesoramiento externo de expertos por áreas temáticas.

El proceso de valoración para nuevas becas será el siguiente:

Los expertos externos valorarán primero las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo I para cada programa y para esta fase del proceso de evaluación. Las puntuaciones se harán por puntos o medios puntos.

De la puntuación de los expertos saldrá una lista priorizada por orden de puntuación. Basándose en esa lista, la Comisión de Valoración valorará el número de solicitudes de acuerdo con el número de becas que se espera conceder en función de la disposición presupuestaria para cada programa, más un número adicional de solicitudes, que podrá llegar hasta un 15 % del total de solicitudes para cada programa.

La Comisión de Valoración, evaluará a continuación esas solicitudes de acuerdo con el criterio establecido en el Anexo I para cada programa en esa fase del proceso de evaluación. La Comisión puntuará pudiendo utilizar decimales. Esta puntuación se sumará a la de los expertos y de ahí saldrá una lista priorizada por orden de puntuación de seleccionados y suplentes.

La Comisión de Valoración puntuará la entrevista de acuerdo con lo establecido en el Anexo I para cada programa. La puntuación de la entrevista se sumará a la puntuación de los expertos, de haberlos, saliendo de esa suma total una lista priorizada por orden de puntuación de seleccionados y suplentes.

La Comisión de Valoración formulará las propuestas de resolución de concesión de becas en un periodo máximo de cinco meses y medio a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de cada programa.

Resolución de concesión. La Comisión de Valoración, a través del Director de Relaciones Culturales y Científicas, como órgano instructor y de valoración, elevará la propuesta de resolución de concesión en una relación priorizada de acuerdo con la puntuación obtenida de la aplicación de los criterios incluidos en el anexo I que podrá incluir, en su caso, una lista de candidatos suplentes para cubrir las renuncias o bajas que puedan tener lugar.

Vistas las propuestas presentadas por las Comisiones de Valoración correspondientes a los programas de becas en cuestión, la Presidencia de la AECID dictará y notificará las resoluciones de concesión de becas correspondientes, en el plazo máximo de 6 meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de cada programa. Todas las resoluciones de concesión, así como los listados adjuntos de beneficiarios y suplentes, en su caso, se notificarán a través de la Sede Electrónica de la AECID (www. aecid.gob.es). Además, los listados de los beneficiarios de las becas concedidas, se publicarán trimestralmente en el Boletín Oficial del Estado. Las resoluciones de concesión serán motivadas de acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras de la presente convocatoria, debiendo, en todo caso, quedar acreditados en el procedimiento los fundamentos de la resolución que se adopte.

 

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