Convocatoria Salas Concertadas 2014, Colombia

Bogotá D.C., Colombia. Hasta el 28 de febrero de 2014. 5 p.m.
Salas Concertadas 2014
Programa Nacional De Concertación Cultural
Programa Nacional De Salas Concertadas
Dirección de Artes del Ministerio de Cultura
http://www.mincultura.gov.co

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Hasta el próximo 28 de febrero, a las 5 p.m., estará abierta esta convocatoria de la Dirección de Artes del Ministerio de Cultura en la que podrán participar las Salas de Teatro que deseen recibir apoyo para el desarrollo de sus actividades artísticas.

QUE ES UNA SALA CONCERTADA?

Una sala concertada es un espacio físico que cuenta con una infraestructura y dotación adecuada para realizar actividades relacionadas con los procesos de creación, circulación, formación de públicos, formación artística, producción, investigación, y/o apropiación de las artes escénicas en general.

Se entienden por artes escénicas expresiones y lenguajes relacionados con: teatro, títeres, danza, música, performance, narración oral, magia y circo sin animales, en todas sus modalidades y géneros.

Tipos de salas:

– Modalidad A: salas históricas.
– Modalidad B: salas medianas y pequeñas.
– Modalidad C: espacios no convencionales.

 

¿CUÁLES SON LAS POLÍTICAS QUE ORIENTAN AL PROGRAMA?

La Dirección de Artes del Ministerio de Cultura asume lo artístico como un campo en el que se ejercen derechos fundamentales de toda comunidad, constituido por diferentes procesos en permanente tensión, que se dinamizan y retroalimentan, generando relaciones, prácticas, usos, circuitos, bienes y servicios, que responden a necesidades particulares, y permiten que el pensamiento artístico mantenga su vitalidad y vigencia. Estos procesos se vinculan en dimensiones, tales como la creación, la investigación, la infraestructura, la información, la circulación, la gestión, la producción y la apropiación.

En todo este entramado, las salas para las artes escénicas permiten que estas dimensiones se interrelacionen, y propicien la movilización creativa de las raíces y la tradición atendiendo a las solicitudes del presente. Es aquí en donde la memoria y la tradición cobran vida para generar espacios para la socialización, el diálogo, la interacción, la comunicación, el debate, entre agentes, producciones, colectivos y público interesado en este campo.

Por otro lado, el Plan Nacional de Teatro 2011-2015 – Escenarios para la Vida -, cuyo objetivo principal es el de “contribuir a consolidar los procesos artísticos teatrales y demás prácticas que le corresponden mediante el diseño de estrategias que permitan fortalecer las agrupaciones, organizaciones y en general a los creadores teatrales del país”1 , enfatiza que el fortalecimiento de estos procesos y espacios debe apuntar a la consolidación de la ciudadanía democrática cultural.

Ésta debe reconocer el derecho de toda persona a la expresión por medio del teatro, el derecho de la población colombiana a acceder a obras, procesos y prácticas teatrales y el acceso a circuitos de producción que garanticen condiciones sostenibles y dignas para los agentes del campo teatral colombiano.

El marco legal puede ser consultado en la página web del Ministerio de Cultura www.mincultura.gov.co

¿CUÁL ES EL OBJETIVO GENERAL DEL PROGRAMA?

Apoyar la programación artística y los procesos de creación, formación, producción, circulación, apropiación, gestión, organización y divulgación, que se generan en los espacios físicos acondicionados, equipados y destinados para las artes escénicas.

¿CUÁLES SON LOS OBJETIVOS ESPECIFICOS DEL PROGRAMA?

– Favorecer el acercamiento entre los artistas y el público. – Apoyar una programación artística permanente que permita el acceso a las artes escénicas de los habitantes de los municipios en todo el país. – Fomentar la creación y circulación de un teatro diversificado y de calidad, que aporte a la especificidad de su lenguaje. – Formar Públicos para las artes escénicas.

¿QUÉ TIPO DE PROYECTOS APOYA?

Se apoyaran proyectos que dinamicen un espacio a través de una programación artística permanente, con procesos de creación, de circulación, de formación disciplinar y de públicos y que cuenten con un plan de gestión y difusión que visibilice sus actividades. Cada sala y/o espacio deberá escoger la clasificación a la que corresponda, según las siguientes modalidades: – Modalidad A: salas históricas. – Modalidad B: salas medianas y pequeñas. – Modalidad C: espacios no convencionales.

UNA SALA UNICAMENTE PUEDE PARTICIPAR EN UNA MODALIDAD. EN CASO DE QUE UNA ORGANIZACIÓN TENGA VARIAS SEDES UBICADAS EN LUGARES DIFERENTES E INDEPENDIENTES, DEBERA PRRESENTAR UN PROYECTO POR CADA SEDE, IDENTIFICANDO EN EL FORMULARIO DE REGISTRO EL NOMBRE, LA DIRECCIÓN, EL TELEFONO Y EL RESPONSABLE DE CADA SEDE.

Nota: En ningún caso se aprobará el apoyo económico para gastos administrativos (servicios públicos, pólizas, sueldos o salarios ni prestaciones sociales, del personal de planta), obra física, compra de elementos de oficina, dotación (instrumentos musicales, utensilios y herramientas, trajes típicos, telas, cámaras, equipos de sonido, cómputo, video, luces, libros, enciclopedias, diccionarios u otros). Esta clase de gastos o inversiones deberán ser cubiertos por el proponente con recursos propios o que le sean aportados por terceros para cofinanciar el proyecto.

¿QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR?

Personas jurídicas sin ánimo de lucro del sector privado, que dentro de su objeto social incluyan actividades de carácter cultural con más de seis (6) meses de constitución legal y mínimo dos (2) años de trayectoria al momento de la apertura de la presente convocatoria. Y que sus salas no superen las setecientas (700) butacas.

Personas jurídicas sin ánimo de lucro del sector privado, que dentro de su objeto social incluyan actividades de carácter cultural, que hayan recibido en concesión y/o comodato alguna sala para las artes escénicas de carácter público. Las salas deberán estar abiertas al público y no pueden superar las (700) butacas. Lo anterior debe ser comprobado mediante los documentos pertinentes (Ejemplo, convenios de comodato). El tiempo de constitución de la organización debe corresponder a lo expresado en el numeral inmediatamente anterior.

Personas jurídicas del sector público (comunidades indígenas – cabildos, asociaciones de cabildos y/ó autoridades tradicionales indígenas- consejos comunitarios de comunidades negras y gobernaciones), radicadas en cualquier municipio del país con mínimo dos (2) años de constitución legal al momento de la presente convocatoria, que tengan a su cargo salas para las artes escénicas que no superen las setecientas (700) butacas.

Personas jurídicas del sector público: alcaldías, autoridades de los resguardos de distritos o municipios clasificados en la cuarta, quinta y sexta categoría de acuerdo con la Ley 617 de 2000 (ver nota); y entidades públicas de carácter cultural, que tengan a su cargo salas para las artes escénicas que no superen las setecientas (700) butacas.

¿QUIÉNES NO PUEDEN PARTICIPAR?

Personas naturales.

Instituciones educativas de carácter público o privado.

Cajas de Compensación y Cámaras de Comercio.

Personas jurídicas que se encuentren incursas en las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con el Estado, de acuerdo con lo establecido en la Constitución Política y las leyes.

Organizaciones jurídicas sin ánimo de lucro del sector privado con las que exista un incumplimiento declarado, derivado de una relación contractual o mora con los programas y proyectos con el Ministerio de Cultura (Ejemplo: organizaciones que no presentaron su informe final en los tiempos exigidos por la convocatoria el año inmediatamente anterior).

Organizaciones jurídicas sin ánimo de lucro del sector privado que se encuentren registradas en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República.

Las entidades seleccionadas en el Programa Nacional de Salas Concertadas-vigencia 2013, que no cuenten con la liquidación y certificación de cumplimiento por parte del Ministerio de Cultura al momento del cierre de la presente convocatoria.

Las salas concertadas que incumplieron con las fechas de entrega del informe final 2013 y que fueron reportadas por la entidad interventora del Programa.

Las organizaciones sin ánimo de lucro que no tengan como objeto social el desarrollo de actividades artísticas y culturales.

Las organizaciones culturales sin ánimo de lucro y las personas jurídicas que presenten una sala para las artes escénicas que tenga más de setecientas (700) butacas.

Las organizaciones que no cumplan con los indicadores mínimos requeridos para el 2014 establecidos en el punto IV de esta convocatoria.

Mayores Informes
Hanna Cuenca
Coordinadora
Área de Teatro y Circo
Tel.:3424100 ext. 1535

+ info http://www.mincultura.gov.co

con el apoyo de
aecid
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