Ayudas a la producción de obra

Madrid, España. Hasta el 21 de febrero de 2019
Ayudas a la producción de obra
Circuitos de Artes Plásticas
Comunidad de Madrid
http://www.comunidad.madrid

Bases

 

Circuitos de Artes Plásticas

Ayudas a la producción de obra de tema, técnica y materiales libres de un máximo de 10 artistas. Cada artista recibirá una ayuda económica y participará en una exposición colectiva en la Sala de Arte Joven. Las ayudas tendrán la misma cuantía para todos los beneficiarios, no pudiendo exceder individualmente de 3.000 euros. La cuantía global para dichas ayudas tendrá un importe máximo de 20.000 euros.

Para artistas residentes en la Comunidad de Madrid menores de 35 años.

Plazo: hasta el 21 de febrero de 2019

 

Objeto y presupuesto

Las presentes bases reguladoras tienen por objeto establecer las normas que regularán la organización de los “Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid”, cuya finalidad es promover la creación de jóvenes artistas y propiciar su acceso a la vida profesional mediante la creación de una obra y su presentación en una exposición colectiva.

El compromiso de la Comunidad de Madrid consistirá en la concesión de una ayuda económica y la inclusión de la obra del artista en una muestra colectiva que se expondrá al público bajo la denominación de “Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid”.

El importe de estas ayudas se aplicará al programa asignado a la Dirección General que ostente las competencias en materia de artes visuales en el momento de efectuar la convocatoria. La cuantía de cada convocatoria ascenderá al importe consignado en el Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid del ejercicio correspondiente.

Beneficiarios

Podrán concurrir en este certamen las personas físicas, individualmente o como agrupación o colectivo sin personalidad, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Ser residentes en la Comunidad de Madrid, lo que se acreditará mediante el volante o certificado de empadronamiento correspondiente.

b) Tener la consideración de jóvenes, considerándose como tales los solicitantes de edad inferior a treinta y cinco años el último día de presentación de solicitudes.

2. No podrán ser beneficiarios los artistas que hayan recibido ayuda para la misma finalidad en alguna de las dos ediciones anteriores.

No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos en quienes concurra alguna de las prohibiciones para ser beneficiario de subvención previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá la oportuna declaración responsable.

Asimismo, no podrán ser beneficiarios quienes tengan deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas. El certificado acreditativo de tal circunstancia se solicitará directamente a la Consejería competente en materia de Hacienda por el órgano instructor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid. En el caso de que dicha certificación no resultase positiva, se notificará al interesado para su subsanación en el plazo previsto en el artículo 5.

Requisitos de las obras

Los solicitantes podrán presentar trabajos de cualquiera de los campos de la creación plástica, ya sean obras realizadas o proyectos inéditos, con tema, técnica y materiales de libre elección por el artista.

Las respectivas convocatorias podrán establecer alguna limitación a lo dispuesto en el apartado anterior.

 

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