Fondos para Iniciativas Culturales en Colombia

Bogotá, Colombia. Hasta el 28 de enero de 2013
Fondo Emprender Convocatoria Nacional no. 22
SENA – Servicio Nacional de Aprendizaje
FONADE – Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo
(57 1) 5461500 / 018000 910270
http://www.fonade.gov.co
http://www.fondoemprender.com

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Para financiar iniciativas empresariales que representen un impacto o desarrollo en el campo cultural que provengan y sean desarrolladas por aprendices, egresados, practicantes universitarios, profesionales con pregrado o que se encuentren cursando especialización, maestria y/o doctorado, así como egresados de estos programas, que hayan culminado y obtenido la certificación dentro de los últimos 60 meses y cuya formación se esté desarrollando o se haya desarrollado en instituciones reconocidas por el estado.

 

OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Financiar iniciativas empresariales que representen un impacto o desarrollo en el campo cultural que provengan y sean desarrolladas por aprendices, egresados, practicantes universitarios, profesionales con pregrado o que se encuentren cursando especialización, maestría y/o doctorado, así como egresados de estos programas, que hayan culminado y obtenido la certificación dentro de los últimos 60 meses y cuya formación se esté desarrollando o se haya desarrollado en instituciones reconocidas por el estado.

A nivel nacional, podrán ser presentados planes de negocio, a través del Sistema de Información del Fondo Emprender, para el campo cultural, en los sectores: creación literaria, musical y teatral, artes escénicas y espectáculos artísticos, artes plásticas y visuales, libros y publicaciones, audiovisual, música, patrimonio material, patrimonio natural, patrimonio inmaterial y formación cultural, de conformidad a lo planteado en las líneas de acción del Grupo de Emprendimiento Cultural del Ministerio de Cultura y a lo establecido en el numeral 1.5 de los términos de referencia.

 

QUIENES PUEDEN INSCRIBIRSE

Los recursos entregados por el Fondo Emprender tendrán como objeto exclusivo financiar iniciativas empresariales, que provengan de:

_Estudiante SENA matriculado en un programa de Formacion Titulada, que haya finalizado la etapa lectiva de un programa de formación, así como egresados de estos programas, cuyo título haya sido obtenido durante los últimos 60 meses.

_Estudiante que se encuentre cursando los dos (2) últimos semestres en un programa de educación superior de pregrado.

_Estudiantes que hayan concluido materias, dentro de los últimos doce (12) meses, de un programa de educación superior – primer pregrado.

_Técnico Profesional, Tecnólogo o Profesional Universitario, cuyo título haya sido obtenido durante los últimos 60 meses, de un programa de educación superior.

_Estudiantes que se encuentren cursando especialización, maestría y/o doctorado, así como egresados de estos programas, que hayan culminado y obtenido la certificación dentro de los últimos 60 meses.

_Estudiante SENA, del programa Jóvenes Rurales y Línea de Formación Líderes del Desarrollo, que hayan completado 200 horas del programa de formación o egresados de este programa, cuyo título haya sido obtenido dentro de los últimos 60 meses.

 

TOPES Y MONTOS DE LOS RECURSOS

El Fondo Emprender otorgará recursos hasta el ciento por ciento (100%) del valor del plan de negocio, así:

_Si el plan de negocio genera hasta 3 empleos, el monto de los recursos solicitados no superará los ochenta (80) salarios mínimos mensuales legales vigentes, SMLMV.

_Si el plan de negocio genera hasta 5 empleos, el monto de los recursos solicitados no superará los ciento cincuenta (150) salarios mínimos mensuales legales vigentes, SMLMV.

_Si el plan de negocio genera 6 o más empleos, el monto de los recursos solicitados no superará los ciento ochenta (180) salarios mínimos mensuales legales vigentes, SMLMV.

El monto a financiar para cada plan de negocio se establece conforme a los salarios mínimos legales mensuales vigentes que rigen a la fecha de la apertura de la convocatoria. El número de empleos a generar se debe establecer de conformidad con el Manual de Operación del Fondo Emprender.

 

QUE PLANES DE NEGOCIO SE PUEDEN PRESENTAR

A nivel nacional, podrán ser presentados planes de negocio, a través del Sistema de Información del Fondo Emprender, para el campo cultural, en los sectores: creación literaria, musical y teatral, artes escénicas y espectáculos artísticos, artes plásticas y visuales, libros y publicaciones, audiovisual, música, patrimonio material, patrimonio natural, patrimonio inmaterial y formación cultural, de conformidad a lo planteado en las líneas de acción del Grupo de Emprendimiento Cultural del Ministerio de Cultura y a lo establecido en el numeral 1.5 de los términos de referencia.

Nota: Los planes de negocios que se presenten a esta convocatoria, deben tener componentes de innovación y base tecnológica, como factor de competitividad para ser sostenibles durante el proceso de su ejecución.

Los asesores de emprendimiento de las diferentes Unidades, tanto externas como internas, deben garantizar desde la etapa de formulación del plan de negocios la inclusión de estos componentes y los mismos serán factor determinante en la etapa de priorización y jerarquización.

 

RUBROS FINANCIABLES

Los recursos que asigne el Fondo Emprender deberán ser utilizados para:

_la financiación del capital de trabajo del plan de negocio, entendiéndose por capital de trabajo, los recursos necesarios para el funcionamiento y operación de la empresa, consistente en dinero destinado al pago de salarios, insumos para el ciclo productivo (materia prima, bienes en proceso) que contribuyen directamente o que forman parte del proceso de producción.

_Infraestructura y Montaje: Adquisición de maquinaria y equipo, costos que se generen por concepto de constitución legal y licencias requeridas por ley para el normal funcionamiento del proyecto; así mismo podrá financiarse con estos recursos las adecuaciones o remodelaciones de los bienes que conforman el proceso de dotación técnica y que sean indispensables para el desarrollo del plan de negocios, siempre y cuando el monto no supere el 20% del total solicitado ante el Fondo Emprender.

_Así mismo, el Fondo Emprender financiará la adquisición e implementación de franquicias, siempre y cuando, además de los criterios señalados en el artículo 13 del acuerdo 00004 de 2009, este modelo de negocio represente una alternativa de impacto para la región, genere valor agregado, garantice sostenibilidad en el mercado, no haya saturación en la zona y tenga impacto en la generación de empleo.

En caso de que el plan de negocio requiera un monto mayor de financiación, el emprendedor debe manifestar en el plan de negocio la fuente de financiación de esos recursos.

La viabilidad del plan de negocio, no puede considerase como la aprobación de financiación del mismo, pues una vez viable tendrá que surtir la etapa de jerarquización y priorización

 

ANTECEDENTES

La ley 789 de 2002 dispone en su artículo 40 la creación del Fondo Emprender como una cuenta independiente y especial adscrita al Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA. Su objeto exclusivo es la financiación de iniciativas empresariales que provengan y sean desarrolladas por aprendices o asociaciones entre aprendices, practicantes universitarios o profesionales, cuya formación se esté desarrollando o se haya desarrollado en las Instituciones reconocidas por el Estado.

El objetivo general del Fondo Emprender es incentivar y facilitar la generación y creación de empresas contribuyendo al desarrollo humano e inserción en el sector productivo, coadyuvando al desarrollo social y económico del país a través de una formación pertinente y de capital semilla.

La administración y dirección del Fondo Emprender está a cargo del Consejo Directivo del SENA, quien ejerce las funciones del consejo de administración del mismo. La dirección ejecutiva está a cargo del Director General del SENA o su delegado.

El Fondo Emprender cuenta como principal fuente de financiación, con los recursos asignados por la monetización total o parcial de la cuota de aprendizaje, establecida en el artículo 34 de la ley 789 de 2002, los cuales en un 80% se destinan por ley 789 de 2002, para financiar las iniciativas empresariales que a este programa se presentan.

El presente documento ofrece los Términos de Referencia para la Convocatoria Nacional del Fondo Emprender Nº 22, cuyo objetivo es financiar iniciativas empresariales que representen un impacto o desarrollo en el campo cultural que provengan y sean desarrolladas por aprendices, egresados, practicantes universitarios, profesionales con pregrado o que se encuentren cursando especialización, maestría y/o doctorado, así como egresados de estos programas, que hayan culminado y obtenido la certificación dentro de los últimos 60 meses y cuya formación se esté desarrollando o se haya desarrollado en instituciones reconocidas por el estado.

 

FORMULACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIO

Solo podrán formularse planes de negocio que contemplen un componente de innovación y base tecnológica (Manual De Oslo). La formulación del plan de negocio se deberá realizar con el acompañamiento y asesoría de una unidad de emprendimiento.

Qué es innovación

Este concepto se refiere a la implementación tecnológica de nuevos productos y procesos y/o a mejoras significativas en estos, ya sea como resultado de la difusión de conocimientos tecnológicos para lograr productos o procesos productivos con especificaciones o propiedades técnicas diferenciadas con respecto a los existentes en el mercado.

 

SEGUIMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO A BENEFICIARIOS

Los Centros de Formación Profesional del SENA, las instituciones de educación aprobadas por el Estado y las incubadoras de empresas, así como las demás entidades a las cuales hace referencia el artículo 10 del Acuerdo 0004 de2009, deberán realizar a través de las unidades de emprendimiento el acompañamiento durante la etapa de ejecución del plan de negocio. En el evento en el que al plan de negocio se le asignen recursos por parte del Fondo, deberá además efectuar el acompañamiento técnico-operativo durante el primer año de ejecución y las posibles prorrogas de los planes de negocio avalados por ellos, apoyándose en el sistema de información diseñado para tal fin o en cualquier medio que consideren necesario, para garantizar el cumplimiento de los indicadores de gestión establecidos en el plan de negocio aprobado por el Consejo Directivo Nacional del SENA.

Las Unidades de Emprendimiento deberán rendir un informe cada tres meses sobre la situación de cada uno de los planes de negocio aprobados en cada convocatoria a la Dirección de Empleo y Trabajo – Grupo Integrado de Emprendimiento Empresarismo y Fondo Emprender, indicando las actividades realizadas de acompañamiento.

Cierres parciales de la Convocatoria

_Primer cierre: 28 de enero de 2013 a las 11:59 p.m.
_Segundo Cierre: 01 de abril de 2013 a las 11:59 p.m.
_Tercer cierre: 28 de mayo de 2013 a las 11:59 p.m.
_Cuarto cierre: 29 de julio de 2013 a las 11:59 p.m.

 

+ info http://www.fondoemprender.com

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