La Plata, Provincia de Buenos Aires, Argentina. Hasta el 10 de noviembre 2023.
Salón Provincial de Arte Joven 2023 Artes Visuales
Ministerio de Gestión Cultural de la Provincia de Buenos Aires
Dirección de Artes Visuales
Museo Provincial de Bellas Artes Emilio Pettoruti
Av. 51 Nº 525
(0221) 421-2206
salonesmpba@gmail.com
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Reglamento
Inscripción
Salón provincial de Arte Joven
Artes Visuales
2023
Convocatoria al Salón Provincial de Arte Joven – 2023
En virtud de lo dispuesto por la Ley Provincial Nº 12.853, el Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Subsecretaría de Políticas Culturales, la Dirección Provincial de Artes y el Museo Provincial de Bellas Artes Emilio Pettoruti, convoca a los y las jóvenes artistas a participar del Salón Provincial de Arte Joven 2023 que se realizará entre el mes de octubre y diciembre del corriente. Este concurso tiene por objeto difundir y estimular la producción artística y la experimentación en las artes visuales a partir de todos los formatos de la producción artística contemporánea. Fue creado hace 40 años en el marco de la vuelta de la Democracia. Para la concreción de este certamen se cuenta con el acompañamiento de las Honorables Cámaras de Senadores y Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
REGLAMENTO:
Artículo 1º- Podrán participar artistas argentinos/as y extranjeros/as. Para el caso de artistas argentinos/as, deberán haber nacido en la provincia de Buenos Aires o contar con un mínimo de (2) dos años de residencia en la misma, mientras que los y las artistas extranjeros/as deberán acreditar un mínimo de tres (3) años de residencia en el país y dos (2) en la provincia de Buenos Aires. Para los casos de acreditación del periodo de residencia, los y las artistas podrán presentar la totalidad de la documentación con la que cuenten, la cual será evaluada y valorada por la autoridad de aplicación. En ambos casos, deberán tener entre 18 y 30 años de edad a la fecha del cierre de inscripción.
Artículo 2 – Podrán participar todas las expresiones de artes visuales. Por ser un premio adquisición no se admitirán performances, acciones, happening u otras obras de carácter efímero. Las obras deberán ser inéditas, podrán ser de cualquier tendencia plástica, técnica y procedimental, y deberán estar en condiciones de ser expuestas. La temática es libre. Se admitirá una obra original por autor/a. Siendo el certamen desarrollado en simultáneo con la convocatoria del Salón Provincial de Artes Visuales Florencio Molina Campos, los y las aspirantes que puedan postularse a ambos deberán definir su envío único a uno de los dos. Podrán presentarse únicamente obras realizadas entre 2019 y 2023. Las obras premiadas pasarán a formar parte del Patrimonio del Museo Provincial de Bellas Artes Emilio Pettoruti, por lo que el autor que la presente, cede la misma expresamente -condicionalmente y en caso de ganar el premio con la mera presentación de su obra.
Artículo 3 – De las obras:
Materiales: Las obras deberán estar realizadas en materiales imperecederos y definitivos y podrán estar integradas por varias partes, siempre que no superen las dimensiones establecidas en el presente Reglamento. En este último caso, las partes deben mantener una relación estrecha, ya sea temática o de procedimiento, que den cuenta de ser partes de una obra final.
Medidas y formatos: No se estipulan medidas mínimas. Las medidas máximas no deberán exceder los 200 cm de alto y los 200 cm de ancho, 200 cm de profundidad y 70 kg de peso. Las obras que cuelguen del muro no podrán superar los 20 kilogramos en su totalidad.
Obras digitales, videoarte y registro performático: Para la instancia de selección la obra/imagen/archivo digital deberá enviarse en archivo de formato “JPG” sin compresión, a 300 “DPI” (puntos por pulgada). La pieza audiovisual será enviada para la etapa de selección a través de un link de youtube, no podrá exceder los 30 minutos de duración. El jurado podrá resolver la admisión o no de obras que no se ajusten a estas especificaciones. Si una obra resulta ganadora, el o la artista deberá enviarla en la máxima calidad posible para su reproducción y en formato físico. Deberá entregarla en una memoria externa (pendrive, disco externo), la cual se utilizará para la conservación de la obra adquirida en el acervo digital. En el caso del videoarte la pieza deberá poder proyectarse en cualquier dispositivo de reproducción y cualquier tipo de pantalla. En el caso de obras que requieran dispositivos de reproducción especial, los mismos deberán ser provistos por el o la artista.
En ningún caso la obra puede tomar como parte constituyente de la misma pedestales, paneles, paredes, piso y/o techo del Museo o establecimiento donde se realice el salón. Todos los soportes de la obra deberán ser provistos por el/la artista y se considerarán parte de la misma. Las estructuras del museo sólo se consideran portantes y no están sujetas a modificaciones significativas.
Artículo 4º- De las exclusiones:
Las obras no comprendidas en el artículo 2°.
Las obras de artistas fallecidos.
Las obras realizadas por personal del Museo Provincial de Bellas Artes Emilio Pettoruti y familiares directos (Los empleados de otras dependencias del Instituto Cultural, podrán aspirar únicamente a los premios “Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires” y “Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires”).
Las obras presentadas por los jurados del Salón Florencio Molina Campos 2023.
Las copias.
Las obras que lleguen después del vencimiento del plazo de admisión.
Las obras que no respeten las categorías previstas Las obras que no estén en condiciones de ser exhibidas por no cumplimentar las variables señaladas en el art. 3. Las obras presentadas por artistas que tengan relación de parentesco hasta el tercer (3º) grado consanguíneo con algún miembro del Jurado actuante.
Artículo 5º- De la inscripción:
Los aspirantes a participar en la convocatoria deberán inscribirse en el certamen virtualmente a través del siguiente link https://docs.google.com
En caso de tratarse de obras producidas por más de un/una autor/autora se deberán presentar los datos de cada uno/a de los integrantes e individualizar un/una representante. En caso de que la obra obtenga un premio, será este último quien lo perciba. Para completar el formulario se deberán adjuntar los siguientes archivos:
– Datos personales con breve biografía opcional de no más de 800 caracteres. (Nombre del archivo: Apellido_CV) – Copia de anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad. En el caso de extranjeros agregar también la documentación que acredite el periodo de residencia establecido. (Nombre del archivo: Apellido_DNI)
– Archivos de obra: La obra/imagen/archivo digital deberá enviarse en archivo de formato “JPG” sin compresión del archivo, a 300 “DPI”.
En caso de que la obra lo requiera se podrán incluir hasta 3 archivos con detalles o especificaciones. En los casos de obras de videoarte y registro performático, el envío se hará únicamente a través de un link de youtube para la preselección, si la obra fuese seleccionada se les solicitará el envío del archivo en su máxima calidad.
Artículo 6° – Declaración Jurada: Toda solicitud de inscripción efectuada por el o la artista adquiere el rango de declaración jurada, por lo cual se declara conocer y aceptar los términos del reglamento base del concurso. La sola inscripción a la Convocatoria implica la aceptación de su REGLAMENTO y fechas establecidas en el cronograma. Los y las artistas aceptan con ello liberar al Museo de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal de cualquier naturaleza realizada por terceros que tenga relación con la participación en el Salón y con el compromiso asumido por sus respectivas obras.
Artículo 7°- De la selección de obras:
A partir de las obras presentadas por los y las aspirantes, el Jurado seleccionará las obras que formarán parte del Salón y
Los/las artistas cuyas obras fueran seleccionadas deberán enviarlas al Museo Provincial de Bellas Artes Emilio Pettoruti de la localidad de La Plata, calle 51 n° 525, de lunes a viernes en el horario de 10 a 19 hs o en espacio a confirmar, en la fecha indicada en el cronograma. La obra deberá estar debidamente identificada con los datos completos del/de la artista y la obra y en condiciones de ser exhibida, lista para ser colgada/expuesta. Si las obras requieren de un montaje especial, deberán estar acompañadas por un croquis para su correcto armado. El montaje, en todos los casos, quedará a cargo del personal especializado del museo. En ningún caso se proveerá de proyectores, pantallas, TV, reproductores, etc. Es imprescindible que la obra una vez montada tenga absoluta correspondencia con la obra presentada en la instancia de selección, bajo apercibimiento de quedar excluida del certamen por decisión del jurado.
podrán aspirar a los Premios. El Museo Provincial de Bellas Artes Emilio Pettoruti comunicará, telefónicamente o a través de correo electrónico, el resultado a cada uno de los artistas cuyas obras pasen a la instancia de premiación. El Instituto Cultural, a través del Museo Provincial de Bellas Artes, se reserva la potestad de determinar la cantidad de obras que considere apropiada seleccionar. La exhibición/reproducción de las piezas ganadoras será siempre por razones expositivas y/o de difusión, sin fines de lucro.
Artículo 8°- Las obras seleccionadas serán presentadas en una curaduría realizada por personal del Museo y el jurado especializado.
Artículo 9°- Entrega de las obras seleccionadas: obras requieren de un montaje especial, deberán estar acompañadas por un croquis para su correcto armado. El montaje, en todos los casos, quedará a cargo del personal especializado del museo. En ningún caso se proveerá de proyectores, pantallas, TV, reproductores, etc. Es imprescindible que la obra una vez montada tenga absoluta correspondencia con la obra presentada en la instancia de selección, bajo apercibimiento de quedar excluida del certamen por decisión del jurado.
Artículo. 10° – El Museo Provincial de Bellas Artes Emilio Pettoruti no tomará a su cargo, bajo ningún concepto, gasto alguno de transporte, flete o acarreo de las obras de arte, para su recepción o devolución.
Artículo 11° – En todos los casos, se otorgará un recibo que el/la artista deberá presentar para la devolución de su obra.
Artículo 12° – El Museo Provincial de Bellas Artes Emilio Pettoruti velará por la buena conservación de las obras, pero no se responsabilizará por su eventual deterioro, destrucción, pérdida, extravío, robo y /o hurto.
Artículo 13° – Del Seguro:
Los/las autores/as procederán a contratar por sus propios medios un seguro que cubra eventuales destrucciones, deterioros, pérdida, extravío, hurto o robo por una prima que cubra el valor que el/la autor/a estime para su obra, en caso de considerarlo pertinente. De no contratar seguro alguno, el/la artista deberá dejarlo consignado en la ficha de inscripción liberando al Instituto Cultural de toda responsabilidad por los eventuales daños que pudieran producirse a la obra por terceros, caso fortuito, fuerza mayor y/o cualquier siniestro o evento que pudiera sufrir.
Artículo 14° – Del Jurado:
El Jurado de Selección y Premiación estará integrado por tres miembros de reconocida trayectoria en el ámbito de las Artes Visuales bonaerenses. El Jurado comenzará su tarea cuando estén presentes la totalidad de los miembros designados. El acto de selección y premiación se realizará de forma presencial. Los salones de Arte Joven y Molina Campos tendrán un Jurado integrado por especialistas en arte, quienes seleccionarán las obras y otorgarán los premios. Por ambas actividades recibirán honorarios. En caso de faltar alguno de los jurados designados, la Dirección de Artes Visuales como entidad organizadora, resolverá su reemplazo.
Artículo 15° – La aceptación de las obras y la adjudicación de los premios serán por simple mayoría de votos. De la actuación del Jurado se realizarán las actas correspondientes, siendo la decisión inapelable. La identidad de los jurados, la selección y premiación se dará a conocer públicamente. El jurado deberá atender para la selección al marco de las políticas culturales de integración territorial y paridad de género vigentes en la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 16° – El Salón asegurará la participación igualitaria en cuanto a género, tanto en la designación del jurado como en la selección y premiación de las obras.
Artículo 17º– Se instituyen los siguientes premios para la categoría general:
-“Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires”, adquisición, PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000). – Premio “Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires”, adquisición, PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000).
– Premio “Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires”, adquisición, PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000).
Menciones de Honor – Mención de Honor “Raquel Forner”. Otorgada por el “Museo Mar de la Provincia de Buenos Aires”. Diploma – Mención de Honor “Ernestina Rivademar”. Otorgada por el “Museo Provincial de Bellas Artes Emilio Pettoruti”. Diploma – Mención de Honor “Edgardo Antonio Vigo”. Otorgada por la “Dirección Provincial de Artes” – Diploma
Los y las artistas participantes que hayan obtenido premios en este Salón en los últimos cinco años, sólo podrán aspirar a un premio diferente al obtenido anteriormente.
Artículo 18° – El instituto Cultural queda facultado para instituir por sí o por terceros otros premios en el marco de la presente Convocatoria, que en el caso de ser adquisición tendrán un valor igual o mayor al más alto de los premios otorgados.
Artículo 19° – Las obras que reciban los premios adquisición pasarán a formar parte de la Colección del Museo Provincial de Bellas Artes Emilio Pettoruti de la Provincia de Buenos Aires. Siendo un premio adquisición, los y las artistas ganadores ceden los derechos de impresión, reproducción y exposición de la obra para fines de difusión cultural sin fines de lucro en cualquier formato. En el caso de que la obra premiada fuese de carácter digital, deberá ser entregada físicamente guardada en un pendrive y en su máxima calidad de reproducción.
Artículo 20° – Los y las participantes del Salón podrán verificar las actas del Jurado, debiendo acreditar para ello su identidad. El Museo Provincial de Bellas Artes Emilio Pettoruti se pondrá en contacto con los y las artistas premiadas para informarle sobre los pasos a seguir para percibir el premio obtenido. La efectivización de los premios se gestionará y dependerá del Organismo que los otorgue y de sus procedimientos administrativos correspondientes, no teniendo injerencia en este tema la Dirección Provincial de Artes, ni el Museo.
Artículo 21° – Todas las notificaciones se tendrán por válidas en tanto fueran realizadas a los correos electrónicos y/o teléfonos informados por los/las artistas, debiendo el artista comunicar cualquier modificación al respecto.
Artículo 22° – Cualquier caso no previsto en este Reglamento será resuelto por el Instituto Cultural a propuesta del Museo Provincial de Bellas Artes Emilio Pettoruti, siendo la decisión inapelable y debidamente notificada al interesado.
Fechas y plazos:
Inscripción y envíos de archivos:
23 de octubre al 10 de noviembre.
Jurado de selección: 13 al 17 de noviembre.
Envío de obras seleccionadas: 20 al 24 de noviembre. Jurado de premiación: 27 al 1 de diciembre.
Inauguración: 8 diciembre.