La Universidad de Zaragoza te ayuda con tu doctorado

España.  Hasta el 31 de marzo de 2011
Ayudas Universidad de Zaragoza-Santander para latinoamericanos. Estudios de Doctorado

La Ley Orgánica de Universidades considera que la movilidad de estudiantes supone una gran riqueza y que debe fomentarse una formación de mejor calidad potenciando la apertura hacia personas procedentes de países ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior (en adelante EEES).

La Universidad de Zaragoza consciente de que la internacionalización constituye una condición y garantía de calidad y un objetivo de desarrollo, proclama su decidida vocación internacional, tanto en el ámbito de la docencia y la formación continua como en el de la investigación.

En tal sentido, esta universidad quiere ampliar y reforzar las relaciones establecidas con otras instituciones y universidades, especialmente latinoamericanas, contribuyendo además a su fortalecimiento institucional y a favorecer que las personas graduadas puedan acceder a estudios oficiales de doctorado en la Universidad de Zaragoza, lo cual redundará en un beneficio para el trabajo desempeñado por el futuro doctorando y para su país.

Por ello, la Universidad de Zaragoza en colaboración con el Banco Santander convoca la décima edición de 16 ayudas para la realización de estudios de doctorado adaptados al EEES, conducentes a obtener el título de doctor/a y dirigidas a candidatos de países de la Comunidad Iberoamericana de Naciones (excepto Andorra, España y Portugal. Cada vez que en esta convocatoria se haga alusión a dicha comunidad debe tenerse en cuenta esta circunstancia), en régimen de concurrencia competitiva, con arreglo a las siguientes bases que figuran en esta convocatoria.

CONVOCATORIA DE AYUDAS UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA – SANTANDER PARA LATINOAMERICANOS.
ESTUDIOS DE DOCTORADO. CURSO 2011-12

Vista la Normativa general de becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza, aprobada por acuerdo de 31 de marzo de 2009, de Consejo de Gobierno [BOUZ núm. 04-2010] y la Resolución de 20 de diciembre de 2010, del Rector de la Universidad de Zaragoza, por la que se delega en la Vicerrectora de Relaciones Internacionales la competencia para convocar la ayudas Universidad de Zaragoza – Santander para latinoamericanos, este Vicerrectorado ha resuelto:

Primero. Proceder a la convocatoria pública de 16 ayudas que se regirán por lo previsto en estas bases.

Segundo. Imputar la financiación a la aplicación 18536 422 230.01.01 del presupuesto. La concesión de subvenciones estará supeditada a las disponibilidades presupuestarias existentes.

Tercero. Ordenar la publicación de la presente convocatoria así como las posteriores actuaciones que hubiere lugar, en el tablón de anuncios de la Sección de Relaciones Internacionales sito en la planta segunda del edificio Interfacultades y en la siguiente página Web: http://wzar.unizar.es/servicios/inter/becasantander.htm con arreglo a las bases que figuran a continuación.

Cuarto. Contra esta convocatoria se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir de su publicación. Así mismo, la presente convocatoria podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes desde su publicación y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

BASES DE LA CONVOCATORIA

La Ley Orgánica de Universidades considera que la movilidad de estudiantes supone una gran riqueza y que debe fomentarse una formación de mejor calidad potenciando la apertura hacia personas procedentes de países ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior (en adelante EEES).
La Universidad de Zaragoza consciente de que la internacionalización constituye una condición y garantía de calidad y un objetivo de desarrollo, proclama su decidida vocación internacional, tanto en el ámbito de la docencia y la formación continua como en el de la investigación.
En tal sentido, esta universidad quiere ampliar y reforzar las relaciones establecidas con otras instituciones y universidades, especialmente latinoamericanas, contribuyendo además a su fortalecimiento institucional y a favorecer que las personas graduadas puedan acceder a estudios oficiales de doctorado en la Universidad de Zaragoza, lo cual redundará en un beneficio para el trabajo desempeñado por el futuro doctorando y para su país.
Por ello, la Universidad de Zaragoza en colaboración con el Banco Santander convoca la décima edición de 16 ayudas para la realización de estudios de doctorado adaptados al EEES, conducentes a obtener el título de doctor/a y dirigidas a candidatos de países de la Comunidad Iberoamericana de Naciones (excepto Andorra, España y Portugal. Cada vez que en esta convocatoria se haga alusión a dicha comunidad debe tenerse en cuenta esta circunstancia), en régimen de concurrencia competitiva, con arreglo a las siguientes bases que figuran en esta convocatoria.

La Universidad de Zaragoza posibilitará que aquellas personas que estén en posesión de un título oficial de Máster Universitario u otro del mismo nivel puedan incorporarse directamente al periodo de investigación de un Programa de Doctorado, debiendo si fuera el caso, completar su formación con complementos formativos de acuerdo con la normativa vigente.
Las personas solicitantes deberán cumplir, además, los requisitos de admisión que el Programa de Doctorado solicitado haya establecido.
La tesis doctoral deberá ser dirigida por un profesor de la Universidad de Zaragoza, de acuerdo con la normativa vigente sobre dirección de tesis.
En todo caso la permanencia en la Universidad para la realización de las enseñanzas se ajustará a lo que disponga la normativa vigente.

Primera.– Requisitos de los solicitantes.

Para ser admitidos, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1.1. Tener la nacionalidad de alguno de los países de la Comunidad Iberoamericana de Naciones.

1.2 Requisitos de titulación:
a) Los solicitantes no deberán poseer el título de doctor.
b) Para acceder al Programa de Doctorado en su periodo de investigación será necesario estar en posesión de un título oficial de Máster Universitario, u otro del mismo nivel expedido por una institución EEES. Además, podrán acceder los que estén en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos ajenos al EEES, sin necesidad de su homologación, pero previa comprobación de que el título acredita un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos españoles de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para acceder a estudios de doctorado.
Puede obtenerse más información en:

Sistema educativo español en el marco del EEES en: http://www.educacion.es/educacion/universidades.html accediendo a través del apartado de “Educación Superior Universitaria” y seguidamente el de “Organización de la Enseñanza Universitaria”

Información sobre estudios de Doctorado en la Universidad de Zaragoza: http://wzar.unizar.es/servicios/

1.3 Tener vinculación laboral permanente con una universidad o institución de educación superior o con otra administración pública del país donde resida de los países que forman la Comunidad Iberoamericana de Naciones y que pueda beneficiarse de los conocimientos adquiridos por el solicitante cuando regrese a su país de origen. Dicha vinculación laboral debe mantenerse al regreso del doctor a su puesto de trabajo. Por ello deberán presentar una carta de apoyo del representante legal de la universidad, institución o administración pública correspondiente en la que autorice al solicitante a llevar a cabo el proyecto propuesto y haga constar la citada vinculación en los términos indicados.

1.4 No estar incapacitado físicamente ni padecer enfermedades infectocontagiosas o tropicales u otras enfermedades que impidan el desarrollo de la actividad formativa que constituye el objeto de estas ayudas.

1.5 En el caso de solicitantes de habla portuguesa, tener suficiente conocimiento de la lengua española para la realización de los estudios proyectados

Segunda.– Características de las ayudas

2.1. Duración de la estancia. Se financiarán hasta 24 meses de estancia.

2.2. Dotación económica

Dotación mensual
Las ayudas tienen una asignación mensual de 1.200 € durante los meses de estancia en la Universidad de Zaragoza, en concepto de alojamiento y manutención en España. Dicha ayuda estará sujeta a la legislación vigente en materia fiscal.
La cantidad abonada no tendrá en ningún caso carácter de salario o retribución, sino de ayuda económica.

Ayuda de matrícula
La Universidad de Zaragoza concederá a cada estudiante seleccionado que se incorpore, una ayuda de matrícula por el importe de: tutela académica de doctorado (cada curso), complementos formativos de Máster que pudiera establecer el órgano responsable del programa de doctorado (si la formación previa del solicitante así lo requiere a juicio del órgano responsable del Programa de Doctorado), las tasas administrativas y la expedición del título de doctor, quedando excluidas de las ayudas de matrícula en cualquier otro estudio que simultánea o posteriormente quiera cursar el estudiante que no tenga como finalidad la de obtener el título de doctor.
Seguro de accidentes

La Universidad de Zaragoza suscribirá para cada beneficiario un seguro de accidentes.

Forma de pago
El pago de las ayudas no podrá realizarse hasta que el adjudicatario de las ayudas haya formalizado su matrícula.
El pago se realizará mensualmente por medio de una transferencia bancaria a una cuenta abierta en el banco Santander a nombre del beneficiario de la ayuda.

Carácter individual de la ayuda

Las entidades convocantes (Universidad de Zaragoza y Banco Santander) no asumen ningún gasto o compromiso ocasionado por las personas que eventualmente estén o pudieran estar a cargo del estudiante durante la vigencia de la ayuda.

Tercera: Documentación que deben presentar los solicitantes:

a) Impreso de solicitud original debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante.

b) Fotocopia del certificado de nacimiento o fotocopia del documento de identificación personal o del que reglamentariamente lo sustituya, con traducción al español, si es caso.

c) Certificado médico expedido por el país latinoamericano donde el solicitante resida (independientemente de su nacionalidad) de poseer aptitud psicofísica para cursar los estudios proyectados y no padecer enfermedades infecto-contagiosas, expedido en el periodo de tiempo en que se encuentre abierta la convocatoria de solicitud, con traducción al español legalizada por vía diplomática, en su caso.

d) Una fotografía tamaño carné pegada a la primera página de la solicitud o con el nombre y apellidos al dorso si no está pegada.

e) Curriculum vitae

f) Fotocopia del título universitario oficial que permite el acceso a los estudios de doctorado: Máster o nivel equivalente, con traducción jurada al español, si es caso.

g) Fotocopia de la Certificación de los estudios de máster realizados con especificación de la duración de los mismos, las asignaturas cursadas y las notas obtenidas, con traducción jurada al español, si es caso. Aquellas personas que dispongan del Diploma Suplement o Suplemento Europeo al Título, podrán enviar copia de éste en lugar de la certificación.

h) Admisión a los estudios de doctorado:
Carta de admisión firmada por el director del Órgano responsable del Programa de Doctorado donde se desean cursar los estudios de Doctorado (se considerará también válido el fax).
Para obtener dicha admisión, los solicitantes deberán dirigirse al Centro o Departamento responsable de las enseñanzas a cursar. Para ello puede consultarse: http://wzar.unizar.es/servicios/

i) Documentación en relación a los estudios a realizar en la Universidad de Zaragoza (3 documentos independientes):

i.1. Exposición de las razones que motivan la solicitud.

i.2. Proyecto concreto de investigación y de trabajo de tesis que el estudiante desea realizar en la Universidad de Zaragoza para la obtención de su título de doctor.

i.3. Carta de aceptación firmada por el futuro director de tesis en la que exprese su compromiso para dirigir al becario así como la viabilidad científica y económica del proyecto de tesis propuesto.
Para obtener dicha carta, los solicitantes deberán dirigirse previamente a un profesor de la Universidad de Zaragoza.

j) Carta de apoyo del representante legal de la institución en la que trabaja el solicitante donde se informe de que el solicitante tiene vinculación laboral permanente con esa institución, que esta vinculación laboral continuará a su regreso tras doctorarse y que autoriza al solicitante a llevar a cabo el proyecto propuesto.

k) Declaración jurada firmada por el solicitante donde se indica que se cumplen todos los requisitos de la convocatoria.
Los solicitantes realizan una comunicación previa de sus datos identificativos y de la documentación requerida, por lo que es suficiente aportar copia simple de la documentación. Quienes resulten beneficiados por las ayudas, habrán de posibilitar la verificación de la documentación mediante la presentación en el momento de formalizar la matrícula de copia compulsada o del original y una copia para su cotejo, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tenga atribuidas la Universidad de Zaragoza en cada momento.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se haya acompañado o incorporado en la comunicación previa, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho desde el momento en que la Universidad tenga constancia de tales hechos, procediéndose a la anulación de la ayuda adjudicada, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
Aquellas personas que no cumplan las bases de la convocatoria o que no aporten toda la documentación en el plazo establecido figurarán provisionalmente excluidas. De acuerdo con lo que se recoge en la base quinta dispondrán de un plazo para subsanar, en su caso. Las solicitudes de los candidatos que figuren definitivamente excluidos no serán consideradas por la comisión de valoración.
Las personas seleccionadas deberán presentar en el momento de efectuar su matrícula en la Sección de Tercer Ciclo, los documentos recogidos en los apartados f) y g) debidamente legalizados.
La información sobre estos trámites puede consultarse en la siguiente dirección electrónica: http://wzar.unizar.es/servicios/ciclo3/
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la convocatoria.

Cuarta.– Presentación de solicitudes, plazo, lugar y forma

4.1. Plazo
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 31 de marzo de 2011

4.2. Lugar
La documentación deberá remitirse a:
Universidad de Zaragoza – Sección de Relaciones Internacionales
C/ Pedro Cerbuna nº 12,
E-50009 Zaragoza (España)

4.3 Forma
Los solicitantes de las ayudas cumplimentarán, imprimirán y firmarán el impreso de solicitud que se encuentra en la siguiente dirección de Internet: http://wzar.unizar.es/servicios/inter/becasantander.htm debiendo enviar junto al impreso toda la documentación preceptiva que figura en la base tercera.

Mientras no se arbitre la administración electrónica para esta convocatoria, la documentación deberá ser remitida en formato papel por las siguientes vías:
Los Registros, Oficinas de Correos, Embajadas de España, Oficinas Consulares de España, AECID o cualquier otro medio oficial que permita tener constancia documental oficial, así como por cualquiera de las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14).
Las dependencias anteriores diligenciarán el impreso de solicitud con la fecha de presentación.
A los efectos del cómputo de los plazos, solamente serán válidas las solicitudes que lleven sellado el impreso de solicitud en el plazo establecido por lo que no tendrá validez la fecha que conste en el sobre que contenga la documentación completa del solicitante.

4.4 Datos de carácter personal
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE nº 298 de 14 de diciembre), los datos indicados en la solicitud, pasarán a formar parte del fichero de estudiantes cuya finalidad es la gestión académica y administrativa, así como la gestión de la participación de los estudiantes en los servicios de la Universidad de Zaragoza. Los datos contenidos en este fichero podrán ser tratados con fines históricos o estadísticos. Tales ficheros están regulados en la Resolución de 16 de julio de 2001 de la Universidad de Zaragoza (BOA nº 96, de 13 de agosto) y posteriores modificaciones, en las que se indica la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación de datos remitiendo un escrito a la Sra. Gerenta de la Universidad de Zaragoza, adjuntando copia del documento que acredite la identidad del interesado.

Quinta.– Instrucción del procedimiento.
La instrucción del procedimiento será competencia de la Universidad de Zaragoza que se ajustará a lo recogido en la presente base.

5.1. Relación provisional de admitidos y excluidos
Tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el tablón de anuncios del edificio Interfacultades y en la Web: http://wzar.unizar.es/servicios/inter/becasantander.htm la Resolución conteniendo la relación provisional de admitidos y excluidos al proceso de selección, con indicación de sus causas y habilitándose un plazo para proceder a su subsanación, si es el caso.

5.2. Subsanación
De conformidad con lo recogido en el art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, parcialmente modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, los candidatos que hayan sido excluidos dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación para remitir la documentación requerida según el procedimiento aquí recogido. A aquellos solicitantes que no aporten la documentación preceptiva se les tendrá por desistidos de su solicitud y estarán definitivamente excluidos.

5.3. Relación definitiva de admitidos y excluidos
En el plazo máximo de un mes tras la conclusión del plazo de subsanación, se publicará en el tablón de anuncios de la Sección de Relaciones Internacionales, sito en el edificio Interfacultades, y en la dirección Web antes indicada, la Resolución con la relación definitiva de admitidos y excluidos al proceso de selección.
La Universidad de Zaragoza se reserva el derecho a verificar dentro de la legalidad vigente, en cualquiera de las fases del procedimiento, el cumplimiento de las bases de la convocatoria en aquellas situaciones en las que se detecte algún indicio de falsedad documental y/o de ocultación de datos relativos a los requisitos de los candidatos. El cronograma detallado figura al final de esta convocatoria.

Sexta.-Evaluación de las solicitudes

El procedimiento de concesión de las ayudas previstas en esta convocatoria se tramitará en un procedimiento único en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación. Para la valoración se tendrá en cuenta exclusivamente la documentación aportada.
Las solicitudes serán evaluadas por una Comisión formada para este fin, que tomará en consideración:
-La excelencia académica del candidato
-Su experiencia profesional
-El interés académico que reviste el trabajo objeto de la tesis doctoral y su viabilidad
-La adecuada inserción del candidato en un Departamento/Instituto de Investigación o grupo de investigación de la Universidad de Zaragoza.

6.1. Comisión de evaluación:
Composición: Vicerrectora de Relaciones Internacionales, Vicerrector de Investigación, Vicerrector de Política Académica, el Secretario de la Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado de la Universidad de Zaragoza o personas en quienes deleguen. Actuará de Secretaria con voz pero sin voto la Jefa del Servicio de Programas y Postgrados de la Universidad de Zaragoza.
Acuerdos: La Comisión de evaluación adoptará sus acuerdos por mayoría. A la vista de las solicitudes recibidas, la Comisión de Evaluación establecerá el reparto de las ayudas según los criterios que ésta determine, siempre basados en el mérito, la solidez y viabilidad del proyecto presentado, así como de la cooperación al fortalecimiento institucional, y que se harán públicos en la Resolución de adjudicación.
Asesores: La Comisión podrá contar con el apoyo o asesoramiento que considere pertinente
Fallo: La Comisión evaluadora formulará una propuesta de concesión con anterioridad al 15 de junio de 2011. Vista la propuesta, el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales procederá a dictar la correspondiente resolución de concesión con anterioridad al 17 de junio de 2011.

6.2. Notificación y Publicación.
La propuesta de resolución y las posteriores comunicaciones se llevarán a cabo según lo recogido en esta Resolución, por lo que la publicación de las resoluciones en el tablón de anuncios y la Web indicados servirá de notificación a los interesados. No obstante lo anterior, el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales notificará personalmente la concesión de la ayuda a cada uno de los aspirantes seleccionados, a través de la dirección de correo electrónico que hicieran constar en la solicitud con la finalidad de que manifiesten en un plazo de quince días naturales la aceptación o renuncia a dicha concesión. En el caso de que no se reciba respuesta alguna se considerará que el candidato no acepta la ayuda. No obstante, desde la Sección de Relaciones Internacionales se arbitrarán todos los mecanismos necesarios para asegurarse de que el solicitante seleccionado ha recibido la comunicación. En caso de renuncia procederá de la misma forma con el siguiente candidato de la lista de suplentes.
La Resolución de ayudas concedidas, así como la relación de aspirantes que figuran en lista de suplentes, se hará pública a través del tablón de anuncios de la Sección de Relaciones Internacionales sita en la segunda planta del edificio Interfacultades y de la página Web antes citada.

6.3 Solicitudes desestimadas.
La Universidad de Zaragoza no devolverá la documentación aportada, por lo que transcurridos 6 meses procederá a la destrucción de la misma.

Séptima.– Obligaciones de los beneficiarios

7.1-Comunicar al Vicerrectorado de Relaciones Internacionales de la Universidad de Zaragoza la aceptación expresa de la ayuda concedida en el periodo máximo de 15 días naturales desde el momento de su notificación. Transcurrido dicho plazo sin haber comunicado la aceptación, se entenderá que se renuncia a la misma. En el caso de que el beneficiario renuncie a la ayuda, ésta se concederá automáticamente al primer candidato de la lista de suplentes que constará en la Resolución de concesión.

7.2-Solicitar el visado de estudios antes de su venida a España ante las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares Españolas en el país de origen, y respetar la legislación española en materia de visados y permisos de residencia. Igualmente, una vez en la Universidad de Zaragoza, se deberá obtener la autorización de estancia por estudios ante la Oficina de Extranjeros, Jefatura Superior de Policía de la ciudad donde la estancia se realice.
Al respecto, puede obtenerse información adicional en las siguientes direcciones de Internet: Visados: http://www.mir.es/SGACAVT/extranje/regimen_general/
Información de la Universidad de Zaragoza para estudiantes extranjeros: http://wzar.unizar.es/servicios/ciclo3

7.3-Incorporarse a la Universidad de Zaragoza con anterioridad a la fecha en que de comienzo el curso académico. Si en esa fecha el estudiante no se encontrara en la Universidad de Zaragoza para formalizar su matrícula con toda la documentación requerida, la ayuda será anulada con carácter definitivo pudiendo adjudicarse al suplente correspondiente, salvo que el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales a la vista de las circunstancias sobrevenidas y previa verificación de que el estudiante puede concluir totalmente los estudios, determinase un plazo diferente. Aquellas personas que por su formación previa tengan que cursar complementos de formación de máster según establezca el órgano responsable del Programa de Doctorado, deberán superarlos en el primer año de acuerdo con la normativa vigente, por lo que deberán incorporarse a la Universidad de Zaragoza antes del comienzo de dichas asignaturas.

7.4-Residir en la ciudad donde se encuentre el Departamento/Instituto Universitario responsable del Programa de Doctorado durante todo el periodo de la ayuda, y no ausentarse del territorio nacional sin autorización previa del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales, indicando en este caso las causas que justifican la ausencia y el periodo que comprende.

7.5-Realizar la actividad objeto de la ayuda en el plazo establecido. Para obtener la renovación anual de la ayuda deberá enviarse al Vicerrectorado de Relaciones Internacionales antes del 15 de julio de cada año, un informe de las actividades realizadas así como el plan de trabajo establecido para el curso siguiente, debiendo llevar el visto bueno del director de la tesis.

7.6– Obtener el título de doctor dentro de los 5 años siguientes a contar desde el inicio del disfrute de la beca, salvo que la futura normativa de doctorado establezca otro plazo.

7.7-No desempeñar cargo o ejercicio profesional alguno remunerado durante el periodo de vigencia de la ayuda. Esta ayuda es incompatible con otras concedidas por instituciones públicas o privadas que se perciban simultáneamente. El solicitante se compromete a poner en conocimiento de la Universidad de Zaragoza la obtención de otras ayudas tanto de instituciones públicas como privadas.

7.8– Suscribir a su cargo una póliza de asistencia sanitaria durante el tiempo en que permanezcan en la Universidad de Zaragoza quedando ésta exenta de cualquier tipo de responsabilidad en el caso de incumplimiento de este apartado por parte del estudiante.

7.9-Mantener un comportamiento que no implique perjuicio para los intereses de la Universidad de Zaragoza, de la Comunidad Autónoma de Aragón o del Estado español.

7.10-Regresar a su país de origen una vez finalizados los estudios que motivaron la concesión de la ayuda o, en su caso, cuando ésta sea rescindida, con el fin de cumplir con el objetivo último de la ayuda concedida: contribuir con los conocimientos adquiridos a un mejor desarrollo de la sociedad de la que proceden.

7.11-En las publicaciones y otros resultados que puedan derivarse de los estudios realizados, deberá mencionarse la Universidad de Zaragoza y el Banco Santander, como entidades convocantes de las ayudas.
El incumplimiento, falseamiento u ocultación de datos relativos a los requisitos del solicitante establecidos en la base primera de esta convocatoria, determinará la revocación automática de la ayuda de esta convocatoria y de otras posteriores mientras no se modifiquen las bases de la misma, así como la pérdida de la ayuda y reintegro de las cantidades percibidas, así como la reclamación de intereses de demora correspondiente.
Para lo no dispuesto en la Normativa general de becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza y en la presente convocatoria, se aplicará con carácter subsidiario lo dispuesto en la Ley 38/2003, de Subvenciones y en el Real Decreto 1721/2007 por el que se establece el régimen de las becas y ayudas personalizadas.

+ info http://wzar.unizar.es

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