Premios Nacionales en Letras, Artes y Ciencias

Ciudad de Buenos Aires, Argentina. Hasta el 6 de septiembre de 2019
Premios Nacionales en Letras, Artes y Ciencias
Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y tecnología
Secretaría de Gobierno de Cultura
(011) 3754-0574/0577
premios.nacionales@cultura.gob.ar / premiosnacionales2019@gmail.com
https://www.cultura.gob.ar

Bases de la Convocatoria

Inscripciones Modalidad virtual

Inscripciones Modalidad Presencial

 

Premios Nacionales en Letras, Artes y Ciencias

 

Abre la convocatoria destinada a obras estrenadas y/o publicadas por primera vez entre 2015 y 2018. Podés inscribirte a partir del 24 de julio de manera presencial o digital, con los formularios adjuntados en esta nota

Se convoca al certamen de Premios Nacionales a la Producción Científica, Artística y Literaria para el año 2019

 

Primer Premio, la suma de PESOS CIENTO TREINTA MIL ($ 130.000)

Segundo Premio, la suma de PESOS SETENTA Y OCHO MIL ($ 78.000)

Tercer Premio, la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000)

 

El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y tecnología a través de la Secretaría de Gobierno de Cultura, con el objetivo de estimular y recompensar la producción literaria, artística y científica, otorgará anualmente los Premios Nacionales.

Para postularse, es condición indispensable ser persona humana titular de derechos de propiedad de una obra científica, literaria o artística, mayor de Dieciocho (18) años, argentino nativo o naturalizado y poseer domicilio real en el país. No podrán participar del certamen los trabajadores encuadrados en el marco de la Ley 25.164 que revistan en el ámbito de la Secretaría de Gobierno de Cultura.

Los Premios Nacionales tendrán carácter de estímulo a los autores que, a través del trabajo presentado, hayan contribuido significativamente al progreso de la actividad o disciplina en que compitan.

Los grupos de los Premios Nacionales y sus especialidades son las siguientes:

GRUPO A: LETRAS

Especialidades: I. Libro de Poesía II. Literatura Infantil III. Novela IV. Libro de Cuento y/o Relato

GRUPO B: ARTES ESCÉNICAS

Especialidades: I. Texto Dramático II. Teatro Musical y Teatro Infantil III. Guión Literario Cinematográfico IV. Guión para Televisión y Radio

GRUPO C: ENSAYO

Especialidades: I. Político II. Psicológico III. Filosófico IV. Pedagógico V. Histórico VI. Sociológico VII. Antropológico VIII. Artístico

GRUPO D: MÚSICA

Especialidades: I. Folclore y Tango II. Jazz y Melódica III. Rock y Pop IV. Obras Sinfónicas y de Cámara.

Cada año se llamará a concurso a Cinco(5) especialidades, según una rotación anual, seleccionadas entre las que componen los grupos A, B, C y D.
En 2019 se llamarán a concurso las producciones de 2015-2018 de las siguientes especialidades:

 

Producción 2015-2018

GRUPO A: LETRAS
Especialidades:
I. Libro de Poesía

GRUPO B: ARTES ESCÉNICAS
Especialidades:
I. Texto Dramático

GRUPO C: ENSAYO
Especialidades:
I. Político
II. Psicológico

GRUPO D: MÚSICA
Especialidades:
I. Folclore y Tango

 

Los aspirantes deberán cumplir los requisitos generales que a continuación se indican y los propios de cada grupo.

a) Podrán inscribirse las primeras ediciones o estrenos que se hayan producido en los Cuatro (4) años correspondientes a la producción según la rotación establecida.

b) La inscripción deberá realizarse de manera indistinta tanto en forma presencial ante la Secretaría de Gobierno de Cultura u online, a través del formulario de inscripción digital, que surge del link https://convocatorias.cultura.gob.ar. Los participantes que opten por la inscripción online deberán registrarse como tales completando el mismo, junto con el/los archivo/s de la obra a concursar conforme las condiciones establecidas en cada especialidad en particular. Mientras que para el caso de que la inscripción sea presencial se deberá presentar ante las oficinas correspondientes la documentación y obras en formato físico. El formulario de inscripción a completar en ambas modalidades poseerá carácter de declaración jurada.

c) Las obras que requieran ser presentadas en formato físico deberán ser enviadas personalmente o por correo a la Secretaría de Gobierno de Cultura durante el período establecido para la convocatoria. Se considerará como válida la fecha de timbrado postal que se atenga al plazo estipulado, aun cuando el envío se recibiera con posterioridad al cierre de recepción.
La inscripción se considerará definitiva en cuanto se haya verificado que las obras recibidas se ajustan a los requisitos de presentación. La recepción será comunicada por la Secretaría de Gobierno de Cultura al postulante, mediante un correo electrónico enviado a la casilla que éste haya constituido al momento de la inscripción. Las obras que no exijan presentación en formato físico, podrán presentarse conforme se estipule específicamente respecto de cada una de las especialidades, tanto personalmente, por correo o a través del formulario https://convocatorias.cultura.gob.ar.

d) Quienes hayan obtenido un Premio Nacional solo podrán aspirar a otro superior en la misma especialidad o bien podrán presentarse en aquellos otros grupos y/o especialidades que se proponen en este Régimen de Premios. Deberán consignarlo en la inscripción indicando en qué fecha, especialidad y orden de mérito han sido premiados.

e) Presentar copia de la primera y la segunda hoja, o imagen digital del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad al momento de completar el formulario de manera presencial u online.

f) Presentar para el caso de que sea necesario según se establezca de manera particular, Tres (3) ejemplares de la obra participante y/o de las copias solicitadas en diversos formatos.

g) Las obras participantes deberán haber sido publicadas o estrenadas en el país según corresponda.

h) Los textos de los trabajos deberán estar escritos en idioma nacional. Excepcionalmente, cuando la índole de la disciplina así lo requiriese, se aceptarán publicaciones en otros idiomas, que deberán presentarse acompañadas de la correspondiente traducción, inscripta en la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA).

i) Ningún inscripto podrá presentar la misma obra en más de una de las especialidades a que se refiere este Reglamento.

j) No podrán participar obras que anteriormente hayan obtenido premios ni menciones especiales en ninguno de los certámenes de este Ministerio. De comprobarse esta situación, quedará sin efecto la inscripción presentada, sin necesidad de comunicación al concursante, siendo inapelable dicha decisión.

k) Con posterioridad al fallo del jurado, los libros presentados a concurso, se entregarán a la Comisión Nacional Protectora de Bibliotecas Populares (CONABIP) para su donación a las bibliotecas populares que se encuentren debidamente registradas conforme la normativa vigente. En ningún caso se devolverán las obras presentadas a los concursantes.

 

ADMISIÓN DE LA INSCRIPCIÓN

Una vez admitida la inscripción, se deja constancia de que bajo ningún motivo este Organismo se encuentra obligado a devolver las obras participantes.

 

DISTINCIONES

a) En cada disciplina podrán otorgarse hasta Tres (3) premios: primero, segundo y tercero. Los premios serán indivisibles salvo en casos de coautoría y consistirán en un diploma de honor y la asignación que se establezca anualmente para cada uno de ellos.

b) En caso de obras escritas por más de un autor la asignación monetaria del premio se dividirá entre los mismos en partes iguales, excepto en aquellos casos que el presente reglamento disponga otra cosa.

c) Para aquellos supuestos en los que la autoría de una obra deba ser premiada respecto de diferentes aspectos que componen la misma, se dividirá el premio conforme cada uno de ellos.

d) Cada autor será premiado sólo por una de las obras que hubiere presentado por especialidad.

e) Los premios podrán ser declarados desiertos.

f) Sin perjuicio de lo establecido se deja constancia que los ganadores de los primeros premios se harán acreedores a una pensión vitalicia en los términos establecidos por la Ley N° 16.516 y sus modificatorias.

 

JURADOS

a) La Secretaría de Gobierno de Cultura designará un Jurado integrado por Tres (3) miembros para cada disciplina. Los mismos tendrán autonomía para adoptar decisiones en aquellos aspectos no previstos en el presente Reglamento o que surjan por aplicación del mismo siempre que se preserven los objetivos del concurso.

b) La aceptación del cargo por parte de los miembros del Jurado implicará el conocimiento y el compromiso de observancia del presente reglamento, al que deberán ajustar su actuación.

c) Será exclusiva competencia de los Jurados determinar si la obra se ajusta al grupo y especialidad en que haya sido inscripta.

d) Los Jurados deberán expedirse dentro de un plazo de Noventa (90) días corridos del cierre de la inscripción. Una vez constituido el Jurado, procederá a elegir entre sus miembros un presidente que tendrá como misión mediar y resolver situaciones no previstas en el proceso de selección del premio.

e) Los Jurados producirán dictamen en sesión plena por simple mayoría de votos, siendo posible que dichas sesiones puedan llevarse a cabo sin necesidad de que los miembros en su totalidad se encuentren en el mismo lugar físico. Para el caso de que se dé a lugar dicha situación se deberá dejar constancia de la misma en el Acta, y con posterioridad suscribir el dictamen de manera holográfica.

f) Durante las sesiones de los Jurados deberá estar presente un representante designado por la autoridad de aplicación, a efectos de corroborar el correcto cumplimiento del régimen.

g) Sus resultados, de carácter vinculante, serán elevados a la Secretaría de Gobierno de Cultura, quien por resolución ejecutará su adjudicación en el orden correspondiente o los declarará desiertos, si así hubiera sido decidido por el Jurado. Su decisión será inapelable, no se admitirá contra el mismo recurso alguno a excepción de planteos de nulidad fundados en faltas esenciales del procedimiento o incumplimiento del presente reglamento. En tal supuesto, la impugnación será resuelta por el Secretario de Gobierno de Cultura.

h) En las actas de los jurados no podrán emitirse opiniones que fundamenten los votos negativos. Con la misma reserva se procederá cuando los premios sean declarados desiertos. En las publicaciones de los resultados de los concursos se omitirán sus fundamentos.

DIFUSIÓN

El otorgamiento de las distinciones se dará a publicidad por los medios de difusión considerados más convenientes.

Fíjanse para los grupos comprendidos en el Artículo 5 las siguientes condiciones especiales:

 

GRUPO A – LETRAS

CONDICIONES GENERALES

a) Las obras que se presenten deberán haber sido publicados en el país.

b) Al momento de la inscripción se deberá presentar en el formulario de inscripción, una copia de la página donde consta el pie de imprenta, o certificado del registro en el ISBN (Número Internacional Normatizado para Libros) administrado por la Cámara Argentina del Libro (CAL).

c) No se aceptarán obras publicados en antologías que comprendan a diversos autores.

d) Presentar Tres (3) ejemplares físicos de la obra participante, entregados personalmente o enviados por correo a la dirección postal que la Secretaría de Gobierno de Cultura publicare para tal fin.

 

GRUPO B – ARTES ESCÉNICAS

CONDICIONES GENERALES

a) Las obras comprendidas en este grupo, deberán haber sido estrenadas en el país. Esto se acreditará mediante lo establecido en las

CONDICIONES PARTICULARES de cada especialidad.

b) Las obras deben estar registradas en la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA), presentando al momento de la inscripción la constancia correspondiente.

c) Presentar TRES (3) ejemplares del libro o guión de la obra participante y el material relevante para su evaluación (textos, DVD, CD, partituras, etc.) entregados personalmente o enviados por correo a la dirección postal que la Secretaría de Gobierno de Cultura publicare para tal fin.

CONDICIONES PARTICULARES Texto Dramático

a) Presentar al momento de la inscripción constancia de representación extendida por la Sociedad General de Autores de la Argentian (ARGENTORES) que acredite el estreno de la obra y/o documentación que de fe de la fecha de estreno (gráfica impresa, recortes periodísticos, bordereaux, etc).

b) Presentar para el caso de que se complete el formulario digital una copia del libro participante en el formato correspondiente. Para el caso de que la inscripción sea presencial, presentar Tres (3) copias del mismo.

 

GRUPO C – ENSAYO

CONDICIONES GENERALES

a) Los trabajos que se presenten deberán haber sido publicados en el país.

b) Presentar copia simple de la página donde consta el pie de imprenta, o del certificado del registro en el ISBN (Número Internacional Normatizado para Libros) administrado por la Cámara Argentina del Libro (CAL).

c) No se aceptarán trabajos publicados en antologías que comprendan a diversos autores.

d) Presentar Tres (3) ejemplares de la obra participante, entregados personalmente o enviados por correo a la dirección postal que la Secretaría de Gobierno de Cultura publicare para tal fin.

 

GRUPO D – MÚSICA

CONDICIONES GENERALES

a) Las obras que se presenten deberán haber sido publicadas y/o estrenadas en el país.

b) Las obras deben estar registradas en la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA), presentando al momento de la inscripción la constancia correspondiente.

c) La Secretaría de Gobierno de Cultura no se hace responsable de los reclamos que puedan originarse por el empleo de textos poéticos, fragmentos literarios o teatrales que formen parte de la obra musical.

d). Presentar al momento de la inscripción la partitura con la armonía desarrollada y la escritura completa. En caso de inscripción presencial, se deberá presentar Tres (3) copias remitiéndolas personalmente o por correo a la dirección postal que la Secretaría de Gobierno de Cultura publicare para tal fin.

e) Presentar al momento de la inscripción el registro sonoro de la obra participante en el formato técnico que se indique. Dichos archivos, podrán ser solicitados en formato físico por parte de la Secretaría de Gobierno de Cultura si ésta así lo considerara pertinente, requiriendo oportunamente sean presentadas personalmente o por correo Tres (3) copias en la dirección postal que se publicare para tal fin. Para el caso de que la inscripción sea presencial, se deberá presentar Tres (3) copias en formato físico de audio (CD, DVD, etc) remitiéndolas personalmente o por correo a la dirección postal que la Secretaría de Gobierno de Cultura publicare para tal fin.

CONDICIONES PARTICULARES

Especialidades I, II y III

a) Para el caso de obras publicadas en CD de audio, presentar en el formulario de inscripción copia del registro de edición musical extendido por la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA).

b) Para el caso de obras publicadas y comercializadas exclusivamente a través de internet, presentar en el formulario de inscripción:

• Declaración Jurada que indique fecha de publicación de la obra y link del sitio web.
• Impresión de captura de pantalla del sitio web en el que figure la obra, y/o copia digital del certificado del registro en el ISRC (Código Internacional de Identificación de
Grabaciones Sonoras y Audiovisuales) administrado por Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (CAPIF).

 

+ info https://www.cultura.gob.ar

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