Ciudad de Buneos Aires, Argentina. 5 de enero 2022.
Convocatoria Cultura Argentina al Mundo
Programa Cultura Argentina al Mundo
Dirección de Asuntos Culturales
Cancillería
Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto
https://cancilleria.gob.ar
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Bases y Condiciones
Cancillería lanza la convocatoria “Cultura argentina al mundo”
Un programa por el que se otorgan pasajes aéreos a artistas y profesionales de la cultura. La inscripción finaliza el 5 de enero 2022.
El programa CULTURA ARGENTINA AL MUNDO es una convocatoria abierta y federal impulsada desde la Dirección de Asuntos Culturales con el fin de apoyar a artistas y profesionales de la cultura argentina a través de la posibilidad de obtener pasajes aéreos para concretar su participación en instancias de formación y/o de promoción de sus producciones en el exterior.
CULTURA ARGENTINA AL MUNDO tiene como objetivos
Estimular la proyección de los y las artistas y profesionales de la cultura argentinos/as en el exterior.
Favorecer la representación de la diversidad cultural argentina en el exterior.
Garantizar la equidad de género y de diversidades sexogénericas en la presencia de la cultura argentina en el exterior.
Impulsar una representación cultural federal en el exterior.
Incrementar la presencia y proyección internacional de artistas y profesionales de la cultura emergentes.
Convocatoria abierta del 5 de diciembre de 2022 al 5 de enero de 2023
DESTINATARIOS/AS
Son DESTINATARIOS/AS del PROGRAMA CULTURA ARGENTINA AL MUNDO artistas y profesionales de la cultura, argentinos/as y/o nacionalizados/as, mayores de DIECIOCHO (18) años que desarrollen su actividad en alguna de las siguientes áreas:
– Artes Escénicas
– Artes Visuales
– Artes Audiovisuales
– Letras
– Música
– Gestión Cultural
La inscripción, participación y/o cumplimiento de los procedimientos establecidos en el programa que se prevé crear no implica compromiso y/u obligación alguna por parte del Estado Nacional a otorgar pasajes y/o cualquier otro tipo de beneficio a los postulantes y que los mismos no tendrán derecho a reclamo y/o indemnización para el caso de que el Secretario de Relaciones Exteriores entienda inconveniente la emisión del acto administrativo tendiente a otorgar las órdenes a las que hace referencia el Decreto N° 131/1994.
MODALIDADES
Los/las DESTINATARIOS/AS definidos en el Art. 1° podrán postularse al PROGRAMA bajo las siguientes
modalidades:
a. Postulación individual.
b. Postulación colectiva.
Entiéndase por postulaciones colectivas a grupos musicales, compañías, grupos o elencos de artes escénicas y
otros colectivos artísticos posibles, conformados por al menos DOS (2) integrantes.
CATEGORÍAS
Las postulaciones al PROGRAMA en cualquiera de sus modalidades serán para las siguientes categorías:
a. Presencia en festivales , mercados, bienales, congresos y muestras.
b. Realización de giras, y producciones artísticas en el exterior.
c. Participación en cursos, talleres, residencias y pasantías.
CONVOCATORIA
El PROGRAMA tendrá UNA (1) convocatoria anual, abierta y federal.
– La convocatoria estará abierta desde el 5 de diciembre al 5 de enero de cada año para las/los postulantes que acrediten de manera fehaciente que la actividad en el exterior a la que se desea concurrir, según categorías contempladas en el Art.3, se concrete entre el 1° de abril y el 30 de noviembre de cada año.
POSTULACIÓN
La postulación a las Convocatorias del PROGRAMA deberá realizarse en forma virtual a través de la página de la Dirección de Asuntos Culturales www.cancilleria.gob.ar/culturales
REQUISITOS
Para postularse al PROGRAMA, los/las artistas y profesionales de la cultura argentina deberán presentar:
1. Formulario de solicitud de inscripción completo.
2. DNI (frente y dorso).
3. Pasaporte argentino vigente (frente y dorso)
4. Curriculum Vitae donde se detallen antecedentes y la trayectoria del solicitante (individual) o de los/las integrantes en caso de presentarse como grupo. (máximo 3 hojas).
5. Un documento que acredite de manera fehaciente la invitación formal de la institución del exterior organizadora de la actividad a la que se desea concurrir, según categorías contempladas en el Art.3. Este documento debe contener la información completa sobre: la actividad que se va a desarrollar, en qué marco institucional, fecha y lugar de realización. En caso de que el documento esté redactado en idioma extranjero deberá adjuntarse, junto con el original, una nota traducida al idioma nacional. La traducción deberá ser oficial en atención a lo establecido en el artículo 28 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N° 1759/1972 (T.O. 2017).
6. La Declaración Jurada firmada por el/la solicitante individual o el/la representante del grupo detallando los nombres, apellidos y DNI completos de todos/as los/las integrantes del mismo (disponible para completar, descargar y volver a subir, obrante como ANEXO II).
RESTRICCIONES
– No podrán presentarse quienes hayan sido beneficiarios del PROGRAMA hasta transcurrido UN (1) año desde la extensión de la orden del pasaje con el que hayan sido beneficiados.
– Quedan excluidos los/las funcionarios/as, el personal de planta permanente y contratado que se desempeñe en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
– No podrán participar quienes tengan relación de parentesco hasta el segundo (2º) grado consanguíneo y/o de afinidad con autoridades del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
La selección de los/las BENEFICIARIOS/AS del PROGRAMA estará a cargo de un jurado rotativo Ad Honorem (en adelante, el “JURADO”) presidido por la Dirección de Asuntos Culturales del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y conformado por tres (3) miembros titulares y un (1) suplente.
Estará integrado por el/la Director/a de Asuntos Culturales del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, quien designará además, a los otros dos (2) miembros titulares y un (1) suplente entre representantes de las siguientes instituciones:
– INAMU – Instituto Nacional de la Música
– INCAA, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales
– INT, Instituto Nacional del Teatro
– FNA, Fondo Nacional de las Artes
– Biblioteca Nacional
CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA
Al finalizar el viaje, en un plazo no mayor a VEINTE (20) días, cada BENEFICIARIO/A deberá presentar un informe que contenga el desarrollo completo de los contenidos y actividades llevadas a cabo, incluyendo material complementario (fotos, videos, etc).
– En toda pieza de comunicación, referencia pública, sitios webs y redes sociales vinculadas al viaje realizado por el BENEFICIARIO/A con apoyo de la Dirección de Asuntos Culturales, deberá consignarse de manera visible el apoyo recibido, utilizando la presente leyenda: “Realizado con el apoyo de la Dirección de Asuntos Culturales del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO” y mencionando sus redes sociales (Instagram @culturalesarg, Twitter @culturalesarg y Facebook /culturalesarg).
– Si por alguna razón de fuerza mayor los/las profesionales de la cultura que resulten seleccionados/as no pudieran llevar a cabo el viaje, deberán presentar una nota formal explicando la situación para su consideración.
RETRIBUCIÓN OBLIGATORIA
De manera colaborativa con la Dirección de Asuntos Culturales, cada BENEFICIARIO/A acepta y se compromete, con su postulación al PROGRAMA, a realizar una actividad gratuita para la comunidad (charla dialogada, concierto, muestra, presentación, lectura, exposición, y/o taller, según el arte y/o especialidad del artista) en el marco de EL PALACIO CULTURAL el cual tiene lugar en el Palacio San Martín o bien, en el marco de un ESPACIO CULTURAL cuya dependencia corresponda al Gobierno de la Nación Argentina, según localidad de residencia del BENEFICIARIO/A.
El compromiso de RETRIBUCIÓN OBLIGATORIA por parte de los BENEFICIARIOS/AS del PROGRAMA podrá ser solicitado desde el día de regreso del pasaje con el que ha sido beneficiado/a y hasta el término de UN (1) año como MÁXIMO.