Premio AGN a Piezas Sonoras

Ciudad de Buenos Aires, Argentina. Hasta el 21 de julio 2023.
Premio Premio Archivo General de la Nación a Piezas Sonoras
Ciclo 2023
Centro Cultural Del Bicentenario Presidente Doctor Néstor Carlos Kirchner
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Bases y condiciones
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PREMIO “AGN” A PIEZAS SONORAS

CICLO 2023 DEL CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”

El área de Archivos del Centro Cultural Kirchner y el Archivo General de la Nación (AGN) presentan una nueva convocatoria para participar del Premio AGN a piezas sonoras. Destinada a músicxs y artistas de todo el país, el premio tiene como objetivo estimular la producción artística y promover la accesibilidad al patrimonio sonoro del AGN. Se premiarán cinco proyectos con la suma de $200.000 (doscientos mil pesos) cada uno.

Serán admitidos mashups, remixes, canciones, audiopoesía, audioficción, radioteatro, arte sonoro y composiciones de cualquier género musical que contengan material documental del Archivo General de la Nación (AGN). Dicho material está disponible para su consulta en https://agnbicentenario.mininterior.gob.ar.

El jurado de selección está compuesto por Daniel Melero, Carola Zelaschi y Dat García.

Cada participante deberá inscribirse en el sitio somos.cultura.gob.ar, completar el formulario de inscripción y proveer el link de acceso a la descarga de la obra. Las cinco piezas ganadoras serán exhibidas a través de una serie de funciones en el Centro Cultural Kirchner, durante el transcurso del año 2023 y transmitidas a través de emisiones especiales de Radio Caso.

OBJETIVO GENERAL
El Premio “AGN” a piezas sonoras tendrá carácter de estímulo a los autores y autoras de piezas sonoras, conforme el alcance establecido en las presentes Bases y Condiciones. Al mismo tiempo, se busca federalizar el acceso al patrimonio histórico de la Nación y estimular su apropiación colectiva a través de prácticas artísticas que agreguen valor simbólico.

REQUISITOS
Podrán presentarse a esta convocatoria artistas de todo el país que trabajen con el patrimonio sonoro del Archivo General De La Nación (AGN) como materia prima en la confección de sus obras. Serán admitidas piezas sonoras en sus diferentes expresiones, tales como audiopoesía, radioteatro, mash up, remixes, canciones y composiciones de cualquier género musical. Se deberá cumplir, además, con los siguientes requisitos:

1. La pieza sonora presentada al concurso deberá tener una duración mínima de un (1) minuto y una duración máxima de diez (10) minutos.

2. Se recibirán piezas monocanal o estéreo. En caso de obras concebidas para sistemas multicanal, se deberá presentar una mezcla estéreo a fin de ser evaluada por el jurado.
3. Cada postulante podrá participar con una única propuesta. La presentación es de carácter individual. En caso de trabajos colectivos y/o autoría compartida, la representación deberá ser ejercida por una sola persona, la cual será responsable por el proyecto, a todos los efectos de la convocatoria.

4. Las piezas deberán ser originales e inéditas. No pendientes de publicación ni premiadas en otros concursos o sujetos a derechos que sustenten terceras personas. Pueden haber sido realizadas recientemente o con mucha anterioridad, no hay restricción al respecto.

5. Al momento de enviar su propuesta, cada postulante deberá incluir también la siguiente información: 1) Título de la pieza, 2)Tipo de pieza (canción, mashup, audionovela, obra experimental, etc), 3) Enlace de acceso a la obra, 4) Detalle del material sonoro de AGN utilizado, 5) Breve descripción conceptual de la obra (800 caracteres máximo), 6) Palabras clave.

A modo de referencia, se recuerda que los documentos sonoros del AGN se encuentran disponibles para la consulta a través de su buscador web:
https://agnbicentenario.mininterior.gob.ar


POSTULANTES

Para postularse a la presente convocatoria cada participante deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. Ser persona humana, argentina nativa o con residencia permanente en el país.
2. Ser mayor de DIECIOCHO (18) años y poseer domicilio real en el país. Dichas personas aceptan en carácter de declaración jurada al momento de la inscripción ser autor o autora de la obra que presente.
3. Contar con una cuenta bancaria a nombre propio en Argentina (caja de ahorros o cuenta corriente) para el depósito correspondiente del premio obtenido.
4. No podrán participar o postularse personas que se encuentren prestando servicios en el MINISTERIO DE CULTURA bajo cualquiera de las modalidades de contratación, ni aquellas personas que tengan relación de
parentesco hasta el segundo (2º) grado consanguíneo y/o de afinidad con estos últimos.


INSCRIPCIÓN Y PLAZOS

La inscripción deberá realizarse exclusivamente a través del Registro Federal de Cultura, creado por Resolución N°130/2021 del Ministerio de Cultura de la Nación, en el sitio https://somos.cultura.gob.ar, y dará comienzo el primer día hábil inmediato posterior a la publicación del presente reglamento en el Boletín Oficial De La República Argentina, finalizando la misma el último día hábil de haber transcurrido SESENTA (60) días corridos.

Todos los datos que las y los postulantes incluyan en el Registro Federal de Cultura como en el formulario de inscripción al certamen tienen carácter de declaración jurada y formarán parte de la presente convocatoria.

Se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen a través de la plataforma de inscripción y al correo electrónico declarado por el o la postulante en el Registro Federal De Cultura, siendo responsabilidad de cada usuario, mantenerlo actualizado para recibir las comunicaciones posteriores al cierre de la convocatoria.

Las consultas sobre el Registro Federal de Cultura deberán enviarse por correo electrónico a la siguiente dirección:
consultas.rfc@cultura.gob.ar

Para consultas sobre aspectos específicos del ingreso de datos en el formulario, deberá dirigirse al correo electrónico que figure en el formulario de inscripción.


JURADO

El Ministerio De Cultura de La Nación designará un Jurado integrado por Tres (3) miembros titulares y UN (1) miembro suplente de reconocida trayectoria en el ámbito de la música y el arte sonoro. Los mismos tendrán autonomía para adoptar decisiones en aquellos aspectos no previstos en las presentes Bases y Condiciones o que surjan por aplicación del mismo siempre que se preserven los objetivos del certamen. Se deberá respetar la paridad de género y su actuación se regirá por los siguientes recaudos:

La aceptación del cargo por parte de los y las miembros del Jurado implica el conocimiento y el compromiso de observancia de las presentes bases y condiciones, al que deberán ajustar su actuación.

Será exclusiva competencia de los y las miembros del Jurado determinar si la obra se ajusta a los requisitos del presente certamen.

Los y las miembros del Jurados deberán expedirse dentro de un plazo de CUARENTA (40) días corridos desde el cierre de la inscripción. Una vez constituido el Jurado procederá a elegir entre sus miembros un/a presidente/a quien tendrá como misión mediar y resolver situaciones no previstas en el proceso de selección del premio.

Los y las miembros del Jurado producirán dictamen en sesión plena por mayoría absoluta de votos. Dichas sesiones se realizarán de forma presencial o bien por videoconferencia, debiendo suscribirse el acta con el dictamen respectivo.

Durante las sesiones del Jurado, deberá estar presente un/a representante designado/a por la Autoridad de Gestión y Aplicación, a efectos de corroborar el correcto cumplimiento del régimen.

El Jurado deberá labrar un acta donde se deje constancia del resultado del certamen, mencionando los criterios de selección de los ganadores de cada premio y las menciones especiales, si fuera el caso; debiendo reflejar las distintas alternativas de la votación que se presenten. En las publicaciones de los resultados de los concursos se omitirán sus fundamentos.

Sus resultados, de carácter vinculante, serán elevados al Ministerio De Cultura De La Nación, quien por resolución ejecutará su adjudicación en el orden correspondiente o los declarará desiertos, si así hubiera sido decidido por el Jurado. Su decisión será inapelable, no se admitirá contra el mismo recurso alguno a excepción de planteos de nulidad fundados en faltas esenciales del procedimiento o incumplimiento de las presentes Bases y Condiciones. En tal supuesto, la impugnación será resuelta por el Ministro De Cultura de La Nación.


RESULTADOS

Una vez publicados los resultados del certamen se notificará a los/las ganadores/as del mismo, quienes deberán completar, dentro de los DIEZ (10) hábiles subsiguientes:

1. Nota de aceptación del premio.

2. Alta Beneficiario, obtenida en el Padrón Único de Entes del Sistema De Información Financiera que administra el Ministerio De Economía, de conformidad con lo dispuesto por las Disposiciones Nros. 40 de la Contaduría General De La Nación y 19 de la Tesorería General De La Nación de fecha 8 de julio de 2010 (https://www.economia.gob.ar)

3. Constancia de CBU de una cuenta habilitada a su nombre en una entidad bancaria de la República Argentina, de acuerdo a los requisitos de la Disposición Nº 40/2010 de la ContadurÍA General De La Nación. d) Constancia de inscripción ante AFIP, en caso de corresponder.


PREMIOS

Se otorgarán CINCO (5) premios de pesos doscientos mil ($200.000) cada uno. Las cinco obras finalizadas serán exhibidas en el Centro Cultural Kirchner durante el transcurso del año 2022 y transmitidas a través de emisiones especiales de Radio Caso.


PLAZOS

Las propuestas se podrán presentar dentro de los Sesenta (60) días corridos, contados a partir del día hábil siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la resolución que aprueba estas Bases y Condiciones.

El Centro Cultural  Kirchner podrá prorrogar hasta Treinta (30) días corridos la fecha límite para la recepción de postulaciones, debiendo anunciarlo públicamente a través del sitio web del Ministerio De Cultura De La Nación, con una antelación no menor a Tres (3) días.


DIFUSIÓN DE GANADORES

Por el hecho de participar con la presentación de sus obras en el presente certamen, los y las postulantes prestan su conformidad y autorizan, en caso de resultar premiados, para que se difunda su nombre, apellido, DNI, lugar de residencia, título de la obra y de ser necesario una breve sinopsis de la misma, en el modo, lugar, formato, soporte y/o cualquier medio que determine el Ministerio De Cultura De La Nación y/o Centro Cultural del Bicentenario Presidente Dr. Néstor Carlos Kirchner o instituciones autorizadas por éstos; por tiempo indefinido, excluyendo toda otra utilización que persiga fines comerciales. El Ministerio De Cultura no asume el compromiso de publicar las obras postuladas y/o ganadoras. En caso de que el o la postulante premiado/a decidiera publicar su obra con posterioridad, deberá dejar constancia en la publicación del siguiente texto o similar “Ganador del Premio “AGN” a piezas sonoras del Centro Cultural del Bicentenario Presidente Dr. Néstor Carlos Kirchner, otorgado POR EL Ministerio De Cultura De La Nación Argentina”.


PROPIEDAD INTELECTUAL

Los y las postulantes de las obras premiadas conservarán el Derecho de Propiedad Intelectual de acuerdo a la Ley 11.723. El Ministerio De Cultura De La Nación y/o Centro Cultural del Bicentenario Presidente Dr. Néstor Carlos Kirchner están autorizados por el o la autor/a de la obra premiada y conservan el derecho de realizar la difusión de la obra, sin límite temporal ni territorial, con la debida mención autoral, en los términos descritos en el Artículo 9° del presente, sin que ello implique el derecho de pago de honorarios y/o importe alguno por cualquier concepto.


DERECHOS DE AUTOR

La simple inscripción al presente certamen equivale a una declaración jurada de los y las participantes, afirmándose como autores legítimos de las obras postuladas. En caso de obras en colaboración o de autoría conjunta los postulantes deberán acreditar fehacientemente que cuentan con la/s autorización/es de todos los autores para presentar la obra y el derecho al cobro en caso de resultar ganador. Los y las postulantes garantizarán la indemnidad al Ministerio De Cultura De La Nación frente a eventuales reclamos que terceros pudieran articular.


ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y CONDICIONES

El sólo hecho de presentarse a la presente convocatoria implica por parte de los y las postulantes, el conocimiento y aceptación de las normas establecidas en las presentes Bases y Condiciones. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en las presentes Bases y Condiciones, dará lugar a la declaración de caducidad del beneficio acordado, en los términos del artículo 21 de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N° 19.549 y, en su caso, al reintegro de lo recibido. Todo caso no previsto en las presentes Bases y Condiciones será resuelto por la Subsecretaría De Gestión De Espacios y Proyectos Especiales.

 

 

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